El Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020, en su apartado 5.2. Principios de Gestión y Organización del Plan Estatal. Epígrafe 2 de Transparencia y rendición de cuentas: Acceso Abierto a Resultados y Datos de Investigación establece que las entidades financiadoras de investigación de diferentes ámbitos (regionales, nacionales y/o internacionales) cada vez con más frecuencia solicitan y requieren de los beneficiarios de los fondos preservar los resultados de investigación y compartirlos con el público en general. Mientras que hay mandatos que abarcan tanto las publicaciones como los datos de investigación, la mayoría hace referencia a las publicaciones científicas, indicando cuándo un artículo científico tiene que archivarse, qué versión, y en dónde:
Los investigadores de la UAM que participan en proyectos de investigación financiados por organismos públicos están llamados a depositar en acceso abierto los resultados de investigación divulgados a través de publicaciones científicas, preferiblemente en el repositorio institucional de la UAM, Biblos-e Archivo.
En las siguientes pestañas encontrarás información sobre las entidades de financiación que han adoptado esta política en los ámbitos regional, nacional e internacional.
La Comunidad de Madrid, en la Orden 2187/2015, de 22 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas destinadas a la realización de programas de actividades de I + D entre grupos de investigación de la Comunidad de Madrid en Ciencias Sociales y Humanidades, cofinanciada con el Fondo Social Europeo, establece en su artículo 7.9 lo siguiente:
La Ley 14/2011 de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación publicada en junio de 2011 recoge expresamente en su artículo 37 de difusión en acceso abierto:
Instrumentos de financiación actual:
7º Programa Marco. Piloto de Acceso Abierto
En agosto de 2008 la Comisión Europea puso en marcha el piloto de acceso abierto del 7º Programa Marco que estará estaria vigente hasta que finalice el mismo.
La iniciativa pretende pretendía que los investigadores beneficiarios proporcionen proporcionaran acceso abierto a los artículos científicos “peer reviewed” resultantes de los proyectos de investigación financiados por la Comisión Europea dentro del 7PM en siete áreas científicas (Energía, Medio Ambiente, Salud, Tecnologías de la Comunicación y la Información, Ciencias Sociales y Humanidades, e infraestructuras y Ciencia en Sociedad) depositándolos preferiblemente en un repositorio institucional. Están vinculados con esta iniciativa todos los proyectos que se firmaran después del 20 de agosto de 2008 y en los que se incluya la cláusula 39 sobre acceso abierto.
Programa Horizonte 2020 es el programa que financia proyectos de investigación e innovación de diversas áreas temáticas en el contexto europeo durante el período (2014 – 2020). El acceso abierto a la información científica se considera un principio fundamental en Horizonte 2020. Los investigadores beneficiarios de un proyecto de Horizonte 2020 deben asegurar el acceso abierto a todas las publicaciones científicas revisadas por pares donde se den a conocer los resultados de investigación fruto de esa financiación. Los requerimientos legales sobre el acceso abierto aparecen en el artículo 29 del modelo de subvención. Esta información está incluida en el artículo 29.3 del modelo de acuerdo de subvención, que requiere depositar los datos permitiendo que terceros puedan: acceder explotar, reproducir y difundir. Horizonte Europa (HorizonEU) Horizonte Europa es el próximo programa de inversión en investigación e innovación de la UE (2021 – 2027).